domingo, 30 de agosto de 2015

Marco de referencia del nivel preescolar




El decreto 2247 de 1997 en el capítulo II referido a las orientaciones curriculares contempla como principios de la educación preescolar, la integralidad, la participación y la lúdica.

El principio de integralidad da cuenta del reconociendo de del niño como ser único sujeto de derechos, donde el cuidado, la protección, el afecto, la alimentación y el contexto juegan un papel importante en el aprendizaje del niño. 

Toda acción pedagogía debe estar mediada por las dimensiones del desarrollo para lograr la formación holística de los educando en el actuar en sociedad, es decir sus acciones darán cuenta del proceso de aprendizaje – enseñanza que fue orientado en la etapa preescolar.

El segundo principio es el de participación donde existe una articulación de la familia, sociedad y estado para garantizar los derechos de los niños y las niñas y así dar cumplimiento a lo que está estipulado en los lineamientos curriculares.

El tercer principio es de la lúdica, considera el juego como la máxima expresión del ser humano, que produce goce y placer, es la actividad rectora por excelencia para potenciar en el niño y la niña, procesos de socialización, cognitivos y emocionales.

Por medio del juego los niños conocen el mundo que los rodea, asimilan la realidad, construyen conocimientos, se forman en valores e introyectan la norma. 

estos tres principios se integran para dar mayor solidez a la educación en la etapa inicial. 




ELABORADO POR:ROSA JARAMILLO GALEANO 

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